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Depósitos

Un depósito bancario consiste en un contrato en virtud del cual una persona (depositante) entrega una cierta cantidad de dinero (depósito) a una entidad bancaria (depositaria) con objeto de que lo custodie, de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato.

Existen dos modalidades básicas de depósitos bancarios, en función de la liquidez, es decir, del momento en que el depositante puede disponer de los fondos depositados:

  • Depósitos a la vista: el depositante puede disponer de sus fondos en cualquier momento. Por ello, los depósitos a la vista (cuentas corrientes y libretas o cuentas de ahorro) son productos totalmente líquidos, de disponibilidad libre e inmediata. El titular del depósito puede hacer uso de sus fondos mediante retirada en efectivo, en la propia sucursal donde tenga el depósito, a través de un cajero automático, o bien mediante cheque o transferencia.
  • Depósitos a plazo fijo: el depósito se realiza por un período de tiempo determinado, por lo que el depositante no puede disponer del mismo hasta el vencimiento. No obstante, en caso de que el depositante necesite disponer anticipadamente de su dinero, podrá hacerlo, si bien tendrá que soportar un coste.

 

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