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Martes, 07 de Septiembre de 2010
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Un aval es un tipo de garantía en virtud de la cual una persona (avalista) se compromete a responder de la deuda contraída por otro (avalado), en caso de incumplimiento por parte de este último de la obligación que tiene contraída con un tercero (beneficiario del aval).

Existen diversas clasificaciones de avales, siendo las principales las que distinguen en función de quién otorga el aval (avalista) o del compromiso que garantiza el aval. En este sentido, y por lo que se refiere a la primera de las clasificaciones, un aval puede ser otorgado bien por un particular (persona física o jurídica) o bien por una entidad financiera (“aval bancario”). Finalmente, en lo concerniente al compromiso garantizado a través del aval, nos encontramos con “avales económicos” o “avales técnicos”. 

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