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¿Se pueden rescatar dos planes de pensiones en años distintos aplicando en ambos casos la reducción del 40%? Imprimir

Desde el 1 de enero de 2007 el rescate de los planes de pensiones, cuando se cobra la prestación en forma de capital, debe tributar del siguiente modo:

1. Por la parte del capital que corresponde a aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, hay derecho a una reducción del 40% del capital percibido (Disposición Transitoria Duodécima de la Ley de IRPF).

2. Por la parte del capital que corresponde a aportaciones realizadas a partir de 1 de enero de 2007, no hay derecho a reducción alguna.

Cuando el contribuyente tiene dos o más planes de pensiones, el tratamiento fiscal de las prestaciones en forma de capital, con la posible reducción del 40%, sólo puede otorgarse a las cantidades percibidas en un único año mediante un pago único, y ello siempre que se cobre en forma de capital, ya que si se cobra la prestación en forma de renta, no hay lugar a reducción alguna. Además la prestación debe percibirse en los ejercicios en los que se tenga derecho a ello:

  • En el caso de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2015, se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación en el ejercicio en que acaezca la contingencia, o en los dos siguientes.
  • En el caso de contingencias acaecidas en los ejercicios 2011 a 2014, la reducción del 40% sólo podrá ser de aplicación a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia correspondiente.
  • En el caso de contingencias acaecidas en el ejercicio 2010 o anteriores, la reducción del 40% sólo podrá ser de aplicación a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018.

No obstante, dado que la norma fiscal no impone ninguna restricción a la aplicación de la reducción en un ejercicio u otro, el contribuyente podrá elegir el ejercicio en el que aplique la reducción a la prestación percibida en forma de capital, siempre que lo haga dentro de los límites temporales anteriormente indicados.



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