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jueves, 23 de mayo de 2013
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¿En qué se concreta el carácter personal del IRPF? Imprimir

Se trata de un impuesto personal y directo, que grava la renta según su cuantía y que trata de adaptarse a las circunstancias personales y familiares del contribuyente (por ejemplo, el hecho de tener a hijos a cargo o una discapacidad permitirá reducir el pago del impuesto). Así, se trata de un impuesto que está marcado por un compendio de variables (importe de la renta obtenida por el contribuyente, número de hijos, edad, convivencia con ascendientes, etc.).



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