Una persona abrió una cuenta de ahorro-vivienda el día 31 de diciembre de 2005. ¿Hasta cuándo puede efectuar la inversión en vivienda para mantener las deducciones fiscales realizadas?

Hasta el 31 de diciembre de 2010, dada la ampliación de plazo establecida en el Real Decreto 1.975/2008, de 28 de noviembre, sobre medidas a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda.