Adicionalmente a las obligaciones de información, forma y contenido de los contratos de crédito al consumo, el prestamista está obligado a evaluar la solvencia del consumidor con carácter previo a la celebración del contrato de crédito.
Adicionalmente a las obligaciones de información, forma y contenido de los contratos de crédito al consumo, el prestamista está obligado a evaluar la solvencia del consumidor con carácter previo a la celebración del contrato de crédito.