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El comprador de la opción adquiere el derecho a comprar o a vender el activo subyacente. No tiene, por tanto, cuando llegue el vencimiento de la opción, ninguna obligación. Para ello debe pagar la prima establecida.

El vendedor, que se garantiza el cobro de la prima, sí tiene la obligación de comprar o de vender el activo subyacente en las condiciones estipuladas.