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El titular de una acción se convierte en propietario, en el porcentaje que le corresponda, de la sociedad. Así, cuando un inversor compra acciones de una sociedad, se convierte en propietario de una parte alícuota de la misma.

Como propietario, el accionista obtendrá los derechos económicos y políticos que le otorga dicha condición, fundamentalmente los siguientes:

  • El de participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación de la empresa.
  • El de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones o de obligaciones convertibles en acciones.
  • El de asistir y votar en las juntas generales y el de impugnar los acuerdos sociales. Para el caso de sociedades cotizadas en Bolsa, sus estatutos pueden establecer como requisito para ejercer este derecho el tener un número mínimo de acciones.
  • El de poder transmitir las acciones.
  • El de información.